Divorcio notarial

19/09/2023

Una alternativa más ágil y menos costosa para el divorcio: la vía notarial

El divorcio ante notario/a es el procedimiento por el cual se disuelve un matrimonio acudiendo a la Notaría en vez del Juzgado, teniendo la misma validez y los mismos efectos jurídicos, lo único que en vez de ser un juez/a quien emite una Sentencia es un notario/a quien formalizará una Escritura Pública y será inscrito del mismo modo al Registro Civil.

Hay que tener en cuenta que no cualquier divorcio puede tramitarse por la vía notarial, solo los que reúnan los siguientes requisitos:

  • Tienen que haber pasado un mínimo de 3 meses desde la celebración del matrimonio.
  • El divorcio tiene que ser de mutuo acuerdo.
  • No tiene que haber hijos menores de edad. En caso de que haya hijos mayores de edad y económicamente dependientes, también tienen que comparecer y dar el consentimiento respecto a las medidas que les afecten en el procedimiento.

Para tramitar el divorcio notarial habrá que personarse en la Notaría personalmente, no se puede hacer por poderes, y siempre asistidos por un abogado.

En el divorcio notarial se tiene que redactar un convenio regulador de divorcio igual que en el procedimiento judicial donde se establecerán todos los pactos por los cuales se regirá la ruptura. El convenio se aportará a la Notaría junto con la documentación necesaria, principalmente el Documento Nacional de Identidad, certificados de empadronamiento, libro de familia y certificados de nacimiento de los hijos.

El divorcio notarial, a diferencia del judicial, es más ágil, más económico y comporta menos tensiones entre los cónyuges, por eso, si se reúnen los requisitos, será la mejor opción.

 

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